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jueves, 21 de noviembre de 2013

Artículo 4: ESTADO FEDERAL DESCENTRALIZADO





La Constitución de 1999 expresa: “Artículo 4. La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados por esta Constitución, que se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.”

            Se puede decir, que al término Federal proviene de la palabra latina Foedus-eris, cuyo significado es pacto o alianza. Es aquel compuesto por estado particulares, cuyos poderes regímenes gozan de autoridad e incluso soberanía en varios aspectos de la vida política interna. Comparten sus instituciones comunes con el resto de la federación, pero carecen de potestad en el ámbito internacional. Cada estado tiene sus municipios y cada municipio tiene sus poderes y acciones políticas a, si como sus instituciones.

            Por su parte, Venezuela tiene sus 22 estados que gozan sus privilegios por igual rango en una situación federal. En esto hay cuatro elementos básicos o principios: integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad, así mismo debe haber respeto por la integridad de la nación; y la cooperación entre las instituciones y la sociedad. 


 De alguna manera la descentralización territorial consiste en que las decisiones que afectan a los ciudadanos no se tomen siempre desde Caracas, sin que los estados y los municipios tengan autoridad sobre ello.

            Cabe destacar, que la descentralización es una fuerza que lucha por una autonomía mayor no perdiendo con esto la comunión política, pero si el acercamiento más de la gente a las necesidades básicas de su conglomerado, social, político, económico y cultural.



Es este orden de ideas se entiende por Estado federal descentralizado, de acuerdo a la Constitución, que se debe expresar la voluntad de transformar el anterior Estado centralizado en un verdadero modelo federal con las especificidades que requiere nuestra realidad. Usando palabras claves como Federalismo, descentralización, coordinación, cooperación, solidaridad.

            Según esgrime Vinicio Romero (ob cit, 2000) define al Estado federal descentralizado como: “diseño constitucional, para así expresar la voluntad de transformar el anterior Estado centralizado en un verdadero modelo federal con las especificidades que requiere nuestra realidad. En todo caso, el régimen federal venezolano se regirá por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad que son característicos de un modelo federal cooperativo, en el que las comunidades y autoridades de los distintos niveles político territoriales participen en la formación de las políticas públicas comunes a la Nación, integrándose en una esfera de gobierno compartida para el ejercicio de las competencias en que concurren.

            De esta manera, la acción de gobierno de los municipios, de los estados y del Poder Nacional se armoniza y coordina, para garantizar los fines del Estado venezolano al servicio de la sociedad.”

            Según Karl Loewenstein a esta visión habría que agregar la percepción teorética para quien el estado federal no es más que “…el enfrentamiento entre dos soberanías diferentes estatales separadas territorialmente y que se equilibran mutuamente. La existencia de fronteras federales limita el poder del Estado central sobre el Estado miembro, y a la inversa”.






Integrantes:
Chavez Jose
Collantes Laura
 Garcia Florelys
  Mejias Naya
Sulbaran Elismar
Valderrama Edwin
     Administración de Desastres 
7 mo Semestre Sección "A"
UNEFA


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